Monotributo: así quedarán las escalas desde agosto tras la actualización por inflación

Los monotributistas tendrán nuevos valores desde agosto luego de que se confirmara que la inflación acumulada durante el primer semestre fue del 16,8%. Ese porcentaje será el que se aplique para actualizar las escalas del régimen simplificado, elevando tanto los topes de facturación de cada categoría como el importe de las cuotas mensuales.
Economía y Finanzas14 de julio de 2026 Con información de INFOBAE
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Los monotributistas tendrán una actualización de las escalas del régimen simplificado a partir de agosto, luego de que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informara que la inflación acumulada durante el primer semestre del año fue del 16,8%. Ese porcentaje será el que se aplique para modificar los topes de facturación de cada categoría, las cuotas mensuales y otros parámetros del sistema. La medida beneficiará a millones de contribuyentes, ya que permitirá adecuar los límites de ingresos a la evolución de los precios y evitar que quienes aumentaron su facturación únicamente por efecto de la inflación deban pasar al régimen general. La actualización será oficializada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que también habilitará el período de recategorización con los nuevos valores.

Con este ajuste, quienes estén inscriptos en el Monotributo deberán revisar su situación teniendo en cuenta la facturación de los últimos doce meses, además de otros parámetros como la superficie destinada a la actividad, el consumo de energía eléctrica y los alquileres devengados, cuando corresponda. Los nuevos valores comenzarán a regir desde agosto y servirán de referencia para determinar si cada contribuyente permanece en su categoría actual o debe recategorizarse. Según las estimaciones publicadas tras conocerse el dato de inflación, los topes máximos de facturación anual quedarán de la siguiente manera:

Topes estimados de facturación anual por categoría

  • Categoría A: hasta $12 millones.
  • Categoría B: hasta $17,5 millones.
  • Categoría C: hasta $24,5 millones.
  • Categoría D: hasta $30,5 millones.
  • Categoría E: hasta $35,8 millones.
  • Categoría F: hasta $44,8 millones.
  • Categoría G: hasta $53,4 millones.
  • Categoría H: hasta $81 millones.
  • Categoría I: hasta $91 millones.
  • Categoría J: hasta $93 millones.
  • Categoría K: hasta $95 millones.

Los montos son estimativos y quedarán confirmados cuando ARCA publique oficialmente la nueva tabla de escalas y cuotas correspondiente al período agosto 2026.

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