

¿Sueldos en dólares? El Banco Central habilitó las cuentas para cobrar en moneda estadounidense


La decisión fue oficializada mediante la Comunicación “A” 8460, que incorporó al dólar estadounidense como moneda admitida para las cuentas sueldo. La disposición alcanza tanto a empleados comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo como a trabajadores que se encuentran fuera de ese régimen.
Los bancos deberán permitir el depósito y la extracción de dólares en efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta. En otras sucursales, cajeros automáticos o terminales de autoservicio, el retiro dependerá de la disponibilidad de billetes de cada entidad. Los fondos provenientes de la relación laboral podrán permanecer depositados y acumularse sin límite de tiempo, manteniendo la gratuidad.
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La reglamentación abre una nueva alternativa para empresas y trabajadores, especialmente en actividades exportadoras o con ingresos vinculados al dólar. Sin embargo, su aplicación dependerá del acuerdo entre las partes y de la capacidad de los empleadores para disponer de la moneda estadounidense: cobrar en dólares ya es legal y operativamente posible, pero no se convierte en un derecho automático ni en una obligación general.




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